El pasado domingo 24 de mayo se publicaba en el BOE la Orden SND/442/2020, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, incluyendo así en la fase 1 a la totalidad de los territorios de Castilla y León, la Comunidad de Madrid y Cataluña que aún estaban en fase 0.
De este modo y a partir de este lunes 25 de mayo, estos territorios pueden beneficiarse en esta fase 1 de las medidas de flexibilización de las limitaciones que se han ido imponiendo durante el estado de alarma en España. Los ciudadanos tienen permitido así la realización de nuevas actividades y estarán sujetos en esta nueva fase a menos restricciones.
¿Se puede pasar la ITV en la fase 1?
En la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, en el Artículo 10 se establece el modo en el que se podrá proceder a la reapertura de los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados.
Dentro de este artículo, se regula: "Podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta".
Así, durante esta fase 1 ya se puede pasar la ITV a los coches, pidiendo cita previa. Para ello, hay que respetar las medidas de seguridad e higiene, como la obligatoriedad del uso de mascarillas en espacios cerrados y públicos cuando no se puedan guardar los dos metros de distancia entre personas.
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